DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR. ABSOLUCIÓN
En fecha 19 de marzo de 2012, se dicta sentencia por el Juzgado de Lo Penal nº Trece de los de Málaga, por la que se absuelve al acusado de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar.
Los hechos que se le imputaban no eran constitutivos de infracción alguna ya que el auto que imponÃÂa la medida cautelar de alejamiento y que se suponÃÂa quebrantaba expresamente nuestro defendido establecÃÂa la prohibición de aproximarse al domicilio de la vÃÂctimas, siendo acreditado en el acto del juicio oral por la defensa, que aquellos ya no residÃÂan en la fecha de los hechos en ese domicilio. Por lo que al no haberse producido vulneración alguna de lo establecido en la resolución judicial, procedÃÂa acordar la libre absolución del acusado.
Por parte del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer, se impone al acusado como medida cautelar que mientras durase la tramitación de las Diligencias Previas, en las que se encontraba encausado, la prohibición de aproximarse a la vÃÂctima y a la nueva pareja sentimental de ésta, a su domicilio, a una distancia inferior a 500 metros, asàcomo a comunicarse con ellos por cualquier medio, resolución que le fue notificada al acusado. En dos ocasiones con apenas un dÃÂa de diferencia fue detenido por agentes de la policÃÂa nacional en un lugar cercano al domicilio de la vÃÂctima y su actual pareja si bien se acreditó, por este despacho, que en dicho domicilio no residÃÂan desde hacia tiempo los beneficiarios de la medida cautelar.